Arrive Legal

I-130 en Service Center Operations (SCOPS)

Petición de Familiar Extranjero

Datos de USCIS capturados el 22 de julio de 2026

Petición de un residente permanente para un cónyuge o un niño menor de 21años

47.5 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 13 de agosto de 2022.

La Dirección de Operaciones de los Centros de Servicio (SCOPS) prioriza la adjudicación de las peticiones de preferencia del Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, cuando el Boletín de Visas del Departamento de Estado indica que hay una visa de inmigrante disponible o que pronto estará disponible. Esta es la manera más eficiente de procesarlas, ya que los beneficiarios pueden ajustar su estatus o el proceso consular con base en una petición aprobada solo cuando hay una visa de inmigrante disponible. Generalmente, procesamos los casos con visa disponible en el orden en que los recibimos, independientemente de dónde se adjudique la petición. También podemos priorizar los casos presentados para varios familiares al mismo tiempo, para asegurar que las familias se procesen juntas. También podemos priorizar los casos debido a las condiciones del país, si una directiva ejecutiva identifica una situación humanitaria urgente o de interés nacional para EE. UU. Además, los peticionarios pueden solicitar el procesamiento acelerado de su Formulario I-130 en ciertas situaciones. Consulte el Manual de Políticas del USCIS, Volumen 1, Parte A, Capítulo 5 (https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-1-part-a-chapter-5) para obtener información adicional. Para minimizar la confusión relacionada con la adjudicación de las peticiones de categoría de preferencia del Formulario I-130, no publicamos el tiempo de procesamiento en la mayoría de los casos. Si el Boletín de Visas (https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html) indica que la categoría de preferencia está vigente para un país en particular (indicado con una "C"), publicamos un tiempo de procesamiento para todos los centros de servicio que procesan esas peticiones. Generalmente, no publicamos los tiempos de procesamiento hasta 6 meses después de que la categoría de visa está vigente, para garantizar un estimado preciso del tiempo de procesamiento. Si la categoría de preferencia no está vigente para un país en particular, no indicamos el tiempo de procesamiento para esa categoría. En su lugar, los solicitantes deben consultar las fechas que aparecen en el Boletín de Visas.

Petición de un ciudadano de EE.UU. para un cónyuge, un padre, o un niño menor de 21 años

21.5 – 29 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 23 de febrero de 2024.

Publicamos un tiempo de procesamiento para cualquier centro de servicio que procese el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, específicamente para la clasificación de Familiar Inmediato (IR). Mantenemos estas solicitudes en un sistema electrónico que generalmente nos permite asignar casos listos para la adjudicación en el orden en que USCIS los recibe, independientemente de dónde se encuentre el cliente, dónde esté pendiente el caso o qué centro de servicio adjudicará la petición.

Ciudadano estadounidense que presenta solicitud para hijo o hija soltero de 21 años o mayor

109.5 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 20 de junio de 2017.

La Dirección de Operaciones de los Centros de Servicio (SCOPS) prioriza la adjudicación de las peticiones de preferencia del Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, cuando el Boletín de Visas del Departamento de Estado indica que hay una visa de inmigrante disponible o que pronto estará disponible. Esta es la manera más eficiente de procesarlas, ya que los beneficiarios pueden ajustar su estatus o el proceso consular con base en una petición aprobada solo cuando hay una visa de inmigrante disponible. Generalmente, procesamos los casos con visa disponible en el orden en que los recibimos, independientemente de dónde se adjudique la petición. También podemos priorizar los casos presentados para varios familiares al mismo tiempo, para asegurar que las familias se procesen juntas. También podemos priorizar los casos debido a las condiciones del país, si una directiva ejecutiva identifica una situación humanitaria urgente o de interés nacional para EE. UU. Además, los peticionarios pueden solicitar el procesamiento acelerado de su Formulario I-130 en ciertas situaciones. Consulte el Manual de Políticas del USCIS, Volumen 1, Parte A, Capítulo 5 (https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-1-part-a-chapter-5) para obtener información adicional. Para minimizar la confusión relacionada con la adjudicación de las peticiones de categoría de preferencia del Formulario I-130, no publicamos el tiempo de procesamiento en la mayoría de los casos. Si el Boletín de Visas (https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html) indica que la categoría de preferencia está vigente para un país en particular (indicado con una "C"), publicamos un tiempo de procesamiento para todos los centros de servicio que procesan esas peticiones. Generalmente, no publicamos los tiempos de procesamiento hasta 6 meses después de que la categoría de visa está vigente, para garantizar un estimado preciso del tiempo de procesamiento. Si la categoría de preferencia no está vigente para un país en particular, no indicamos el tiempo de procesamiento para esa categoría. En su lugar, los solicitantes deben consultar las fechas que aparecen en el Boletín de Visas.

Residente permanente que presenta solicitud para hijo o hija de 21 años o mayor

73.5 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 17 de junio de 2020.

La Dirección de Operaciones de los Centros de Servicio (SCOPS) prioriza la adjudicación de las peticiones de preferencia del Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, cuando el Boletín de Visas del Departamento de Estado indica que hay una visa de inmigrante disponible o que pronto estará disponible. Esta es la manera más eficiente de procesarlas, ya que los beneficiarios pueden ajustar su estatus o el proceso consular con base en una petición aprobada solo cuando hay una visa de inmigrante disponible. Generalmente, procesamos los casos con visa disponible en el orden en que los recibimos, independientemente de dónde se adjudique la petición. También podemos priorizar los casos presentados para varios familiares al mismo tiempo, para asegurar que las familias se procesen juntas. También podemos priorizar los casos debido a las condiciones del país, si una directiva ejecutiva identifica una situación humanitaria urgente o de interés nacional para EE. UU. Además, los peticionarios pueden solicitar el procesamiento acelerado de su Formulario I-130 en ciertas situaciones. Consulte el Manual de Políticas del USCIS, Volumen 1, Parte A, Capítulo 5 (https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-1-part-a-chapter-5) para obtener información adicional. Para minimizar la confusión relacionada con la adjudicación de las peticiones de categoría de preferencia del Formulario I-130, no publicamos el tiempo de procesamiento en la mayoría de los casos. Si el Boletín de Visas (https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html) indica que la categoría de preferencia está vigente para un país en particular (indicado con una "C"), publicamos un tiempo de procesamiento para todos los centros de servicio que procesan esas peticiones. Generalmente, no publicamos los tiempos de procesamiento hasta 6 meses después de que la categoría de visa está vigente, para garantizar un estimado preciso del tiempo de procesamiento. Si la categoría de preferencia no está vigente para un país en particular, no indicamos el tiempo de procesamiento para esa categoría. En su lugar, los solicitantes deben consultar las fechas que aparecen en el Boletín de Visas.

Petición de un ciudadano de EE.UU. para un hijo o una hija casado(a)

152 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 28 de noviembre de 2013.

La Dirección de Operaciones de los Centros de Servicio (SCOPS) prioriza la adjudicación de las peticiones de preferencia del Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, cuando el Boletín de Visas del Departamento de Estado indica que hay una visa de inmigrante disponible o que pronto estará disponible. Esta es la manera más eficiente de procesarlas, ya que los beneficiarios pueden ajustar su estatus o el proceso consular con base en una petición aprobada solo cuando hay una visa de inmigrante disponible. Generalmente, procesamos los casos con visa disponible en el orden en que los recibimos, independientemente de dónde se adjudique la petición. También podemos priorizar los casos presentados para varios familiares al mismo tiempo, para asegurar que las familias se procesen juntas. También podemos priorizar los casos debido a las condiciones del país, si una directiva ejecutiva identifica una situación humanitaria urgente o de interés nacional para EE. UU. Además, los peticionarios pueden solicitar el procesamiento acelerado de su Formulario I-130 en ciertas situaciones. Consulte el Manual de Políticas del USCIS, Volumen 1, Parte A, Capítulo 5 (https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-1-part-a-chapter-5) para obtener información adicional. Para minimizar la confusión relacionada con la adjudicación de las peticiones de categoría de preferencia del Formulario I-130, no publicamos el tiempo de procesamiento en la mayoría de los casos. Si el Boletín de Visas (https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html) indica que la categoría de preferencia está vigente para un país en particular (indicado con una "C"), publicamos un tiempo de procesamiento para todos los centros de servicio que procesan esas peticiones. Generalmente, no publicamos los tiempos de procesamiento hasta 6 meses después de que la categoría de visa está vigente, para garantizar un estimado preciso del tiempo de procesamiento. Si la categoría de preferencia no está vigente para un país en particular, no indicamos el tiempo de procesamiento para esa categoría. En su lugar, los solicitantes deben consultar las fechas que aparecen en el Boletín de Visas.

Petición de un ciudadano de EE.UU. para un hermano o una hermana

175 meses

Consulta de caso posible si su recibo es en o antes del 28 de diciembre de 2011.

La Dirección de Operaciones de los Centros de Servicio (SCOPS) prioriza la adjudicación de las peticiones de preferencia del Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, cuando el Boletín de Visas del Departamento de Estado indica que hay una visa de inmigrante disponible o que pronto estará disponible. Esta es la manera más eficiente de procesarlas, ya que los beneficiarios pueden ajustar su estatus o el proceso consular con base en una petición aprobada solo cuando hay una visa de inmigrante disponible. Generalmente, procesamos los casos con visa disponible en el orden en que los recibimos, independientemente de dónde se adjudique la petición. También podemos priorizar los casos presentados para varios familiares al mismo tiempo, para asegurar que las familias se procesen juntas. También podemos priorizar los casos debido a las condiciones del país, si una directiva ejecutiva identifica una situación humanitaria urgente o de interés nacional para EE. UU. Además, los peticionarios pueden solicitar el procesamiento acelerado de su Formulario I-130 en ciertas situaciones. Consulte el Manual de Políticas del USCIS, Volumen 1, Parte A, Capítulo 5 (https://www.uscis.gov/policy-manual/volume-1-part-a-chapter-5) para obtener información adicional. Para minimizar la confusión relacionada con la adjudicación de las peticiones de categoría de preferencia del Formulario I-130, no publicamos el tiempo de procesamiento en la mayoría de los casos. Si el Boletín de Visas (https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html) indica que la categoría de preferencia está vigente para un país en particular (indicado con una "C"), publicamos un tiempo de procesamiento para todos los centros de servicio que procesan esas peticiones. Generalmente, no publicamos los tiempos de procesamiento hasta 6 meses después de que la categoría de visa está vigente, para garantizar un estimado preciso del tiempo de procesamiento. Si la categoría de preferencia no está vigente para un país en particular, no indicamos el tiempo de procesamiento para esa categoría. En su lugar, los solicitantes deben consultar las fechas que aparecen en el Boletín de Visas.

Tendencia

Arrive Legal comenzó a archivar estos datos en julio de 2026. La gráfica de tendencia aparecerá cuando haya al menos dos semanas de historial — algo que USCIS no publica.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el I-130 en Service Center Operations (SCOPS)?

Según datos de USCIS capturados el 22 de julio de 2026, el I-130 en Service Center Operations (SCOPS) tarda 47.5 meses (el 80% de los casos se completa dentro de ese tiempo).

¿Cuándo puedo preguntar a USCIS por mi caso?

Con los datos actuales, USCIS acepta una consulta de caso (case inquiry) del I-130 en Service Center Operations (SCOPS) si su fecha de recibo es en o antes del 13 de agosto de 2022. Use la herramienta e-Request de USCIS.

¿Este tiempo es una garantía?

No. Es el tiempo en que USCIS completó el 80% de casos similares en los últimos seis meses. Cada caso es distinto; algunos tardan más.

Verifique el estado de su caso en USCIS Case Status Online · Fuente oficial: USCIS Case Processing Times